Requisitos

  • Solvencia en el servicio
  • Carta de aceptación de Renuncia, Carta de Finalización de contrato,
    Resolución de despido o notificación de retiro obligatorio, según
    corresponda.
  •  Fotocopia completa del documento personal de identificación vigente.
  • Certificación Contable: El interesado debe solicitar ante el Departamento de Contabilidad la
    certificación de solvencia contable, la cual le será extendida previa
    revisión de los registros contables. La vigencia de dicha certificación es
    de tres meses contados a partir de la fecha de emisión.
  •  Constancia de Préstamo extendida por el Banco de los Trabajadores.
    El extrabajador debe solicitar al Banco constancia de préstamo. Si
    tuviere saldo debe solicitar que los intereses se proyecten a dos meses.
    Este requisito aplica únicamente para los extrabajadores que han
    solicitado préstamo; para efecto de verificación debe adjuntar copia de
    voucher del último pago.
  • Constancia de Préstamo extendida por el Plan de Prestaciones del
    Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
  • El extrabajador debe solicitar al Plan de Prestaciones constancia de
    préstamo. Si tuviere saldo debe solicitar que los intereses se proyecten
    a dos meses.
    Si el extrabajador se retira por jubilación, cuenta con saldo de préstamo
    y no desea que del monto de su indemnización se descuente dicho
    saldo, debe adjuntar copia de la autorización extendida por la autoridad
    competente del Plan de Prestaciones.
  •  Solvencia de la Sección de Cobros.
    El extrabajador debe solicitar a la Sección de Cobros la solvencia, la
    cual tiene vigencia de un mes calendario y debe ser el último documento
    a gestionar por parte del extrabajador.
  • Certificación de Relación Laboral para extrabajadores contratados por
    Planilla. El Tesorero de la Unidad Ejecutora debe extender a solicitud del
    extrabajador la Certificación de Relación Laboral conforme el formulario
    respectivo.
  • Solvencia de Biblioteca Central (con fecha del mismo día en que se
    presenta el expediente)
  •  Solvencia(s) de biblioteca de la(s) dependencia(s) donde laboró en los
    últimos dos años (con fecha del mismo día en que se presenta el
    expediente, excepto en los casos en los que la dependencia no cuente con
    biblioteca, la cual puede ser emitida en cualquier fecha previo a la entrega
    de la solicitud de indemnización)
  • Otros documentos
    En casos especiales para tramitar un expediente de indemnización, es
    condición indispensable que el interesado presente según corresponda
    el caso, entre otros documentos los siguientes: reintegros, convenios de
    pago, mandato general con representación debidamente inscrito en el
    Registro General de Mandatos del Archivo de Protocolos, Cartas de
    Autorización para realizar descuentos del monto de indemnización,
    identificación de persona o cambio de nombre debidamente registrada
    en el Registro Nacional de las Personas -RENAP-.