Requisitos
- Solvencia en el servicio
- Carta de aceptación de Renuncia, Carta de Finalización de contrato,
Resolución de despido o notificación de retiro obligatorio, según
corresponda.
- Fotocopia completa del documento personal de identificación vigente.
- Certificación Contable: El interesado debe solicitar ante el Departamento de Contabilidad la
certificación de solvencia contable, la cual le será extendida previa
revisión de los registros contables. La vigencia de dicha certificación es
de tres meses contados a partir de la fecha de emisión.
- Constancia de Préstamo extendida por el Banco de los Trabajadores.
El extrabajador debe solicitar al Banco constancia de préstamo. Si
tuviere saldo debe solicitar que los intereses se proyecten a dos meses.
Este requisito aplica únicamente para los extrabajadores que han
solicitado préstamo; para efecto de verificación debe adjuntar copia de
voucher del último pago.
- Constancia de Préstamo extendida por el Plan de Prestaciones del
Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
- El extrabajador debe solicitar al Plan de Prestaciones constancia de
préstamo. Si tuviere saldo debe solicitar que los intereses se proyecten
a dos meses.
Si el extrabajador se retira por jubilación, cuenta con saldo de préstamo
y no desea que del monto de su indemnización se descuente dicho
saldo, debe adjuntar copia de la autorización extendida por la autoridad
competente del Plan de Prestaciones.
- Solvencia de la Sección de Cobros.
El extrabajador debe solicitar a la Sección de Cobros la solvencia, la
cual tiene vigencia de un mes calendario y debe ser el último documento
a gestionar por parte del extrabajador.
- Certificación de Relación Laboral para extrabajadores contratados por
Planilla. El Tesorero de la Unidad Ejecutora debe extender a solicitud del
extrabajador la Certificación de Relación Laboral conforme el formulario
respectivo.
- Solvencia de Biblioteca Central (con fecha del mismo día en que se
presenta el expediente)
- Solvencia(s) de biblioteca de la(s) dependencia(s) donde laboró en los
últimos dos años (con fecha del mismo día en que se presenta el
expediente, excepto en los casos en los que la dependencia no cuente con
biblioteca, la cual puede ser emitida en cualquier fecha previo a la entrega
de la solicitud de indemnización)
- Otros documentos
En casos especiales para tramitar un expediente de indemnización, es
condición indispensable que el interesado presente según corresponda
el caso, entre otros documentos los siguientes: reintegros, convenios de
pago, mandato general con representación debidamente inscrito en el
Registro General de Mandatos del Archivo de Protocolos, Cartas de
Autorización para realizar descuentos del monto de indemnización,
identificación de persona o cambio de nombre debidamente registrada
en el Registro Nacional de las Personas -RENAP-.